Los sujetos obligados al pago del ISD son de tres clases:
- Herederos, legatarios y beneficiarios de títulos sucesorios.
- Donatarios o beneficiarios de cualquier otra transmisión jurídica entre vivos.
- Beneficiarios de seguros de vida.
Además, es preciso tener en cuenta el grado de parentesco. Para ello, la ley establece cuatro grupos para la liquidación del impuesto:
- Grupo 1: beneficiarios de menos de 21 años de edad.
- Grupo 2: Beneficiarios mayores de 21 años.
- Grupo 3: colaterales de segundo y tercer grado, y ascendientes y descendientes por afinidad.
- Grupo 4: colaterales de cuarto grado y parentescos más lejanos.
Pero, con todas estas variables, ¿dónde es más caro heredar en España?.
El REAF-CGE pone un ejemplo en el caso del impuesto de sucesiones: un soltero de 30 años que hereda bienes de su progenitor por 800.000 euros, en los que 200.000 se corresponden a la vivienda habitual del fallecido. En este caso, la diferencia entre la comunidad donde se paga más y aquella donde se paga menos es abrumadora: rebasa los 100.000 euros. En Asturias hay que abonar 103.135 euros; en Andalucía, Cantabria y Galicia no se paga nada. La segunda autonomía donde habrá que pagar más en el ejemplo que pone el organismo, aunque a mucha distancia de la primera, es Castilla y León (unos 81.000 euros). Madrid, Extremadura y Murcia también cuentan con generosas bonificaciones: exigirán menos de 2.000 euros en el mismo supuesto.