El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto que limita el empleo del cannabis medicinal al ámbito hospitalario en España. Esta normativa, presentada por la ministra de Sanidad, Mónica García, atiende una demanda tanto de pacientes como de profesionales médicos y se aplicará únicamente en casos muy específicos.
La nueva regulación determina que solo los especialistas médicos podrán prescribir cannabis con fines terapéuticos. La elaboración y entrega de estos preparados quedará reservada a los servicios de farmacia hospitalaria, quienes también realizarán un seguimiento clínico individualizado para cada paciente. Además, los productos estandarizados deberán estar registrados ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), asegurando así su calidad, seguridad y dosificación precisa.
En esta primera fase, podrán beneficiarse pacientes con espasticidad derivada de esclerosis múltiple, formas graves e intratables de epilepsia refractaria, náuseas o vómitos provocados por tratamientos quimioterapéuticos y dolor crónico resistente a otros tratamientos. Sin embargo, el listado no es definitivo: la AEMPS elaborará en un plazo máximo de tres meses monografías que ampliarán las indicaciones conforme se disponga de nueva evidencia científica sólida.
Este modelo facilita una actualización constante basada en criterios rigurosos relacionados con la eficacia clínica, seguridad y necesidad médica. Asimismo, el decreto contempla una vigilancia terapéutica estricta mediante un trabajo conjunto entre médico prescriptor y farmacia hospitalaria para evaluar periódicamente resultados y efectos secundarios.
En situaciones excepcionales —como vulnerabilidad del paciente o dificultades geográficas— las comunidades autónomas podrán establecer sistemas para dispensar el medicamento sin necesidad de presencia física.
Se creará un registro público gestionado por la AEMPS donde quedarán inscritos todos los preparados estandarizados empleados para elaborar fórmulas magistrales. Estos productos deben contener composiciones definidas en THC y/o CBD bajo estrictos controles de fabricación, trazabilidad y calidad. Si superan el 0,2% en THC estarán sujetos a supervisión adicional. Los laboratorios serán responsables no solo del correcto proceso productivo sino también del control documental exhaustivo durante toda la cadena logística.
Por otro lado, el Consejo General de Colegios Farmacéuticos ha expresado su desacuerdo frente a la limitación exclusiva al ámbito hospitalario. Argumentan que no existen motivos sanitarios ni legales para impedir que farmacias comunitarias puedan dispensar estos medicamentos manteniendo un seguimiento farmacoterapéutico seguro —similar al realizado con otros fármacos estupefacientes o psicotrópicos— lo cual facilitaría el acceso equitativo especialmente para pacientes con enfermedades crónicas.
Carola Pérez, presidenta del Observatorio Español de Cannabis Medicinal, calificó este decreto como un “día histórico” para quienes requieren este tratamiento pero manifestó inquietudes sobre la posible falta formación adecuada entre los médicos prescriptores y advirtió sobre una eventual saturación o “embudo” en los laboratorios hospitalarios debido a una alta demanda.
Esta norma llega tras una petición formal realizada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso en mayo de 2021 e implica un avance relevante hacia la incorporación regulada del cannabis medicinal dentro del sistema sanitario español garantizando criterios científicos clínicos claros junto con controles sanitarios estrictos.
¿Qué dolencias se podrán tratar con cannabis?
- Espasticidad y dolor: Asociados con la esclerosis múltiple.
- Dolor crónico: Incluye dolor neuropático, dolor por cáncer y otras afecciones crónicas.
- Náuseas y vómitos: En particular, los derivados de la quimioterapia.
- Epilepsia refractaria: Para algunas formas graves que no responden a otros tratamientos.
Cómo se administra y supervisa:
- Receta médica: El cannabis medicinal será prescrito por médicos especialistas, según la nueva regulación del Gobierno español.
- Dispensación hospitalaria: Los tratamientos solo se podrán dispensar en hospitales.
- Supervisión profesional: Es crucial que médicos especializados en dolor y cuidados paliativos, y formados en el uso de cannabis medicinal, supervisen el proceso para asegurar un uso seguro y racional.
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